Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y su aplicación a la concesión de las ayudas gestionadas por el GDR.

El pasado 20 de febrero el GDR Subbética asistió a un Curso introductorio de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) organizado por la Asociación de Desarrollo Rural de Andalucía(ARA).

Según se expresa en el preámbulo de esta Ley, el procedimiento administrativo es el conjunto ordenado de trámites y actuaciones formalmente realizadas, según el cauce legalmente previsto, para dictar un acto administrativo o expresar la voluntad de la Administración. En este sentido, esta Ley de aplicación obligatoria para las Administraciones Públicas desde su entrada en vigor el pasado octubre de 2016, afecta parcialmente a los Grupos de Desarrollo Rural una vez adquieren la condición de entidad colaboradora de la administración en la gestión de fondos públicos para la concesión de ayudas.

Se estructura en siete capítulos y entre sus principales novedades destaca la regulación para posibilitar y fomentar el uso de medios electrónicos a los interesados.

Si bien es cierto que se encuentra perfectamente estipulado en la norma que la realización de trámites administrativos se torna obligatorio para las personas jurídicas y es potestativo para las físicas, a lo largo del curso se debatió acerca de si así también se entiende para los GDR en su labor de recepción y tramitación de solicitudes de ayudas, teniendo en cuenta su encuadre como parte del «sector público institucional» tal como establece el «artículo 2. Ámbito Subjetivo». Del mismo modo se puso de relieve la preocupación de los grupos de desarrollo sobre la capacidad real de cumplir con esta obligación que establece por ejemplo que si parte de la documentación que debe presentar un promotor se encuentra en poder de alguna administración (Certificados de encontrarse al corriente con hacienda, licencia de obras o de actividad,…), no tiene obligación de volver a presentarla debiendo «trasmitirse» entre administraciones.

Desafortunadamente no han podido resolverse estas cuestiones, quedando a la espera que de que se les den respuesta por la administración a través del Convenio de Colaboración que se firmará entre la Consejería de Agricultura y el GDR así como con la publicación de la Orden (bases reguladoras) que establecerá el procedimiento de gestión y control de las ayudas.