Ampliado Programa de Activación para el Empleo, PAE

Captura de pantalla 2016-04-21 a las 14.12.17Desde el GDR Subbética os informamos que ha sido publicada la Prórroga del Programa de Activación para el ‪Empleo‬ ‪‎PAE‬, incorporación al programa entre el 16 de abril de 2016 y el 15 de abril de 2017. El Programa de Activación para el Empleo (PAE) es una ayuda que se puede recibir durante 6 meses, no prorrogables, y consiste en una prestación económica de 426 euros mensuales y la realización, por parte de los Servicios Autonómicos de Empleo, de un Itinerario Personalizado de Inserción para intentar que el trabajador consiga acceder a un puesto de trabajo. La ayuda empieza a cobrarse pasado un mes desde que se presenta la solicitud, una vez que en ese mes se ha realizado la búsqueda activa de empleo y se acreditado en la oficina de empleo, aportando los justificantes de haber enviado curriculums, estar inscrito en portales de empleo, etc. Para pedir esta ayuda es necesario cumplir los siguientes requisitos: • Haber trabajado por cuenta ajena y que el último trabajo se haya perdido por voluntad de la empresa (despido, fin de contrato…) y no por voluntad del trabajador (dimisión, baja voluntaria…). • Estar inscrito como demandante de empleo, y llevar inscrito al menos 12 meses de los últimos 18, en el momento de presentar la solicitud. Para cumplir este requisito, no se tendrá en cuenta los días de baja como demandante de empleo si se ha trabajado menos de 3 meses. • Estar inscrito como demandante de empleo a fecha 1 de abril de 2016 (hay una disposición transitoria que permite solicitar esta ayuda a los que estaban inscritos en fecha 1 de diciembre de 2014) • Haber agotado hace al menos 6 meses alguna (al menos una) de las ayudas extraordinarias: la Renta Activa de Inserción (RAI) (es necesario haber agotado los 3 periodos), o el antiguo PRODI, o o el Plan PREPARA. Es necesario haber agotado alguna de estas ayudas, no que se hayan perdido por una sanción u otra causa imputable al trabajador. • No estar cobrando un salario social, renta de garantía de ingresos, renta mínima de inserción, o ayudas similares de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Si se recibió alguna de estas ayudas, deben de haber pasado más de 6 meses desde que se agotó. • No tener derecho a otras ayudas, prestaciones o subsidios por desempleo. • Tener responsabilidades familiares (cónyuge, hijos menores de 26 años o con discapacidad…) • Que el solicitante no supere el límite de carencia de rentas. Es decir, que quien vaya a solicitar esta ayuda no tenga ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en 2016, es decir, 490,41 euros brutos al mes. • Que la unidad familiar, de media, tampoco supere el límite de carencia de rentas. Habrá que sumar los ingresos de los miembros de la unidad familiar (solicitante, cónyuge, hijos menores de 26 años o con discapacidad) y dividirlos entre el número de miembros de la familia, y el resultado no podrá superar los 491,40 euros brutos al mes. • Suscribir el compromiso de actividad:Según este compromiso de actividad durante el primer mes se tendrá que llevar a cabo una Búsqueda Activa de Empleo, realizar a través de los Servicios Autonómicos de Empleo un Itinerario Personalizado de Inserción, y tener un tutor individual. • Durante todo el tiempo que se reciba la ayuda, no se podrán rechazar las ofertas de empleo adecuadas y se deberán participar en los cursos de formación y acciones de activación a las que sea llamado. Estos requisitos no solo deben cumplirse en el momento de pedir la ayuda, si no durante todo el periodo en el que se recibe. Si se incumplen, implicará perder la ayuda. Infórmate en tu Oficina de Empleo http://www.citapreviainem.es/pae-programa-de-activacion-para-el-empleo/ BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2016/04/16/pdfs/BOE-A-2016-3647.pdf